EMPADRONAMIENTO


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EL PADRON…

Empadronarse es lo mismo que registrarse o inscribirse en el “Padrón Municipal”, un registro donde figuran todos los vecinos del pueblo o ciudad. Pueden empadronarse tanto las personas españolas como extranjeras, con independencia de que tengan regularizada o no su situación administrativa.

Empadronarse comporta ciertos derechos. Los empadronados :

-Constan como vecinos del Municipio

-Tienen derecho a la asistencia sanitaria Públlica.

-Tienen derecho a la escolarización básica de sus hijos.

-Pueden justificar la residencia habitual en un municipio.

Para empadronarse es necesario dar los datos de la vivienda en que se vive y acreditarlo. (Puedes acreditarlo, por ejemplo, con el contrato de alquiler, una factura de agua, gas o teléfono). Y un documento identificativo: tarjeta de residencia, pasaporte o carnet de identidad del país de origen.

Si hay un mayor de edad empadronado con anterioridad en el mismo domicilio, éste deberá autorizarlo.

¡RECUERDA!

Es una gestión que se realiza en el Ayuntamiento.

Si cambias de domicilio es obligatorio darse de alta en el nuevo Municipio.

Si eres extranjero no comunitarios sin autorización de residencia permanente, deberás renovarlo cada dos años.

Es importante el lugar en que se está empadronado, ya que los servicios públicos, servicios sociales, centros escolares, centro médico, etc., están organizados por zonas geográficas y corresponden unos u otros según el lugar de empadronamiento.

Si cambias de domicilio es obligatorio darse de alta en el nuevo Municipio y, además, deberá renovarse cada dos años en el caso de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Pide el justificante del empadronamiento, y consérvalo, ya que lo necesitarás para realizar otras gestiones.


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7 comentarios sobre “EMPADRONAMIENTO

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  1. Si permito que un amigo se empadrone en mi casa, tiene algún derecho sobre ella con el tiempo? . Me podría reclamar parte de la casa?
    Gracias,
    Araceli

  2. quiero saber si empadrono a un amigo en mi domicilio siendo yo la dueña, adquiere algun derecho sobre la vivienda, o algo parecido.

  3. Le sugerimos que para un trato más directo y personalizado de estos asuntos, pidan cita en el teléfono 93 540 75 26 o envien un e-mail a sbrabogados@gmail.com y nuestros abogados les asesorarán personalmente en nuestro despacho situado en la C/Santa Rosa 24, de El Masnou (Barcelona).

    Muchas gracias.

    SBR ABOGADOS

  4. hola! buenas tardes,nesecito saber si se pude empadronar por via internet y si n o, cuales son los requisitos para empadronarse,vivo en ocata y quisiera saber cual es el sitio para empadronarme,gracias

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