CARTA DE INVITACION


Requisitos de la carta de invitación: vuelta2.jpg

1.-Solicitud dirigida a la Comisaría de Policía del lugar de residencia, conteniendo los siguientes extremos:

Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, nº del DNI o Pasaporte, cuando se trate de españoles o pasaporte, NIE.

Domicilio y lugar completo de residencia (Se debe aportar certificado de empadronamiento actualizado)

2.-Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso deberá determinar el lugar concreto.

El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).

3.-Relación o vínculo que mantiene con el invitado. (mediante aportación de documentos tales como: fotos, cartas, e-mails, libro de familia, partida de nacimiento, etc.)

4.-Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado.(Se está exigiendo fotocopia íntegra del pasaporte del invitado).

5.-Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.

6.-Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica, así como la voluntad de acoger a esa persona y la voluntad expresa de la invitación.

En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:

El Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de 1995, tipifica como delito, en el artículo 318 bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión.»

La Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, consideran infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito».

Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía .

  • Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.
  • La notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en los artículos 44 a 49 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la Orden ministerial por la que se establezca el importe de las tasas por concesión de autorizaciones administrativas y expedición de documentos en materia de inmigración y extranjería. El abono de la tasa habrá de realizarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la Carta de invitación.
  • La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de invitación habrá de ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o judicial ante el que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.
  • Serán motivos de denegación de la Carta de invitación:
    • La no aportación o la falta de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.
    • El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 28.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.


MODELO CARTA DE INVITACION   solcartainvitp.pdf

2 comentarios en “CARTA DE INVITACION

  1. En este momento me encuentro tramitando la carta de invitación, la cual la realizará mi tío que vive en Barcelona.
    Toda la información que aparece aquí y en todos lados es la misma que figura en la pagina del ministerio del interior de España, sin embargo ésta no es la única información a presentar.

    Tal parece ser que según los de la comisaría donde mi tío debe tramitar la carta le dijeron que la página está «desactualizada» y que cada comisaría puede pedir más documentación además de la que se encuentra publicada en el sitio web.

    En mi caso necesito además presentar, Partidas de Nacimiento que prueben mi relación con mi tío. Certificado de residencia expedido por la comisaría donde yo vivo.
    Esta documentación debe ser legalizada en la emabaja de España del país de residencia y luego enviado a España para la tramitación de la carta.

    La verdad que pura burocracia y un gasto de dinero descomunal. Siendo que solo la tramitación de la carta cuesta 110 euros aprox.

  2. Le sugerimos que para un trato más directo y personalizado de estos asuntos, pidan cita en el teléfono 93 540 75 26 o envien un e-mail a sbrabogados@gmail.com y nuestros abogados les asesorarán personalmente en nuestro despacho situado en la C/Santa Rosa 24, de El Masnou (Barcelona).

    Muchas gracias.

    SBR ABOGADOS

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