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Algunos consulados y embajadas españolas están solicitando desde el año 2006 pruebas de ADN a los familiares de inmigrantes residentes en España que pretenden ejercer su derecho de reagrupamiento familiar, recogido en la Ley de Extranjería. Los inmigantes que han residido en España de forma legal durante al menos un año tienen derecho a solicitar la reagrupación familiar para su cónyuge, hijos y padres, en la Oficina de Extranjería más cercana a su domicilio en España y, a su vez, los parientes pueden solicitar un visado en su país de origen. Una vez conseguidos ambos documentos, los candidatos al reencuentro pueden emprender el viaje. Sin embargo la ejecución de este derecho no siempre es tan sencillo, y no sólo por el engorroso papeleo, sino porque, en ocasiones, el registro civil de algunos países no está actualizado y es necesario comprobar mediante otros métodos si los que dicen ser familiares lo son en realidad.«Cuando los registros no son fiables (países africanos y asiáticos) y los responsables consulares del país de destino tienen indicios suficientes para dudar de la identidad de la persona, proponen (no obligan) al posible beneficiario y al familiar inmigrante ha-cerse una prueba de ADN para comprobar la veracidad de los datos», explican fuentes oficiales del Ministerio de Asuntos Exteriores a SÍ. A pesar de que Exteriores afirma que estas pruebas no se solicitan en países iberoamericanos porque «los registros civiles son fiables»,SÍ ha podido comprobar cómo a Rosa L. Mo-rán Espinoza, natural de Ecuador, le piden una prueba de ADN de su hijo de cinco años, nacido en Guayaquil, para traerle a España. «He presentado toda la documentación que me han pedido en el consulado, incluso un certificado del doctor que me asistió en el parto para corroborar que es mi hijo. Aun así, me piden un documento oficial de filiación, aparte de la inscripción de mi hijo en el registro civil, y aquí me dicen que no me tengo que hacer la prueba del ADN», lamenta Rosa Morán. El presidente de la Federación Panafricanista, Abuy Nfubea, de-nuncia a SÍ que el empleo de las pruebas de ADN solamente se aplica a los inmigrantes negros de países subsaharianos e iberoamericanos que desean acceder a la reagrupación familiar. «Es una medida racista, porque sólo se aplica a las personas de raza negra con el objetivo de frenar este tipo de inmigración y promover una Europa blanca», explica Nfubea, que agrega que las pruebas de ADN son un ejemplo más de la represión que sufren los negros por parte del Estado, que los concibe como un peligro para la sociedad. «Además, nos ofende que no se aplique a los blancos porque supone, a priori, que todos los negros mentimos sobre nuestro origen y relación familiar», afirma Nfubea. Pruebas no vinculantes En este sentido, el Ministerio recuerda que dichas pruebas se aplican con independencia de la etnia y que, además, no son vinculantes. «Si el consulado la pide y el solicitante no accede a hacerse la prueba, no se deniega automáticamente la expedición del visado, pero sí aumentan las dudas de que existan las relaciones de parentesco exigidas para ejercer el reagrupamiento familiar, porque en algunos países se pueden adquirir certificados falsos por unos pocos euros», afirman fuentes ministeriales. La denuncia de la Federación Panafricanista se ha trasladado en diversas ocasiones a asociaciones que trabajan por la integración, aunque sin ningún resultado. «Las ONG, que se supone trabajan por la integración, nos quieren callar, porque, al ser clientelares del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, no hacen nada y tampoco podemos hacer una queja oficial, porque nos han excluido automáticamente de los foros de inmigración. Esto supone una frustración para la gente negra y puede desembocar en protestas como las que se están dando en otros países europeos», concluye Nfubea. EL PROCEDIMIENTO EN ESPAÑA En España se realizan las pruebas de ADN del solicitante en las sedes de Instituto de Toxicología (Barcelona, Madrid, Sevilla y Tenerife), organismo que también se encarga de comprobar si el ADN del inmigrante y su presunto familiar coinciden. Para la realización de las mismas en el país de origen, se toman muestras de sangre de los hijos, ascendientes dependientes o cónyuge, en clínicas concertadas por el consulado, que se envían a España con las correspondientes cadenas de custodia, que garantizan que cada muestra corresponde a la persona de la que se ha tomado. Hasta el momento, se ha realizado un número de pruebas de ADN casi insignificante y, en la mayoría de los casos analizados, corresponde a la relación paterno-filial, de las que sólo se obtuvieron resultados negativos en alguna muestra procedente del Consulado de Lagos (Nigeria), según EFE. EL CASO FRANCÉS El Senado francés ha dado luz verde a un proyecto de ley impulsado por el presidente Nicolas Sarkozy para regular la entrada de inmigrantes en el país, que permite realizar pruebas de ADN a los solicitantes del agrupamiento familiar y a sus presuntos hijos, ascendientes o cónyuges. No obstante, la polémica medida ha tenido que introducir una serie de modificaciones que la suavizan. Así, el análisis será gratuito, se hará sólo para buscar la filiación con la madre, deberá ser pedido por el interesado y se aplicará de manera experimental durante 18 meses. Aun así, esta medida ha suscitado las críticas de la oposición de izquierdas, asociaciones de derechos humanos y ONG de inmigrantes. Los inmigantes que han residido en España de forma legal durante al menos un año tienen derecho a solicitar la reagrupación familiar para su cónyuge, hijos y padres, en la Oficina de Extranjería más cercana a su domicilio en España y, a su vez, los parientes pueden solicitar un visado en su país de origen. Una vez conseguidos ambos documentos, los candidatos al reencuentro pueden emprender el viaje. Sin embargo la ejecución de este derecho no siempre es tan sencillo, y no sólo por el engorroso papeleo, sino porque, en ocasiones, el registro civil de algunos países no está actualizado y es necesario comprobar mediante otros métodos si los que dicen ser familiares lo son en realidad. «Cuando los registros no son fiables (países africanos y asiáticos) y los responsables consulares del país de destino tienen indicios suficientes para dudar de la identidad de la persona, proponen (no obligan) al posible beneficiario y al familiar inmigrante ha-cerse una prueba de ADN para comprobar la veracidad de los datos», explican fuentes oficiales del Ministerio de Asuntos Exteriores a SÍ. A pesar de que Exteriores afirma que estas pruebas no se solicitan en países iberoamericanos porque «los registros civiles son fiables»,SÍ ha podido comprobar cómo a Rosa L. Mo-rán Espinoza, natural de Ecuador, le piden una prueba de ADN de su hijo de cinco años, nacido en Guayaquil, para traerle a España. «He presentado toda la documentación que me han pedido en el consulado, incluso un certificado del doctor que me asistió en el parto para corroborar que es mi hijo. Aun así, me piden un documento oficial de filiación, aparte de la inscripción de mi hijo en el registro civil, y aquí me dicen que no me tengo que hacer la prueba del ADN», lamenta Rosa Morán. El presidente de la Federación Panafricanista, Abuy Nfubea, de-nuncia a SÍ que el empleo de las pruebas de ADN solamente se aplica a los inmigrantes negros de países subsaharianos e iberoamericanos que desean acceder a la reagrupación familiar. «Es una medida racista, porque sólo se aplica a las personas de raza negra con el objetivo de frenar este tipo de inmigración y promover una Europa blanca», explica Nfubea, que agrega que las pruebas de ADN son un ejemplo más de la represión que sufren los negros por parte del Estado, que los concibe como un peligro para la sociedad. «Además, nos ofende que no se aplique a los blan-cos porque supone, a priori, que todos los negros mentimos sobre nuestro origen y relación familiar», afirma Nfubea. Pruebas no vinculantes En este sentido, el Ministerio recuerda que dichas pruebas se aplican con independencia de la etnia y que, además, no son vinculantes. «Si el consulado la pide y el solicitante no accede a hacerse la prueba, no se deniega automáticamente la expedición del visado, pero sí aumentan las dudas de que existan las relaciones de parentesco exigidas para ejercer el reagrupamiento familiar, porque en algunos países se pueden adquirir certificados falsos por unos pocos euros», afirman fuentes ministeriales. La denuncia de la Federación Panafricanista se ha trasladado en diversas ocasiones a asociaciones que trabajan por la integración, aunque sin ningún resultado. «Las ONG, que se supone trabajan por la integración, nos quieren callar, porque, al ser clientelares del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, no hacen nada y tampoco podemos hacer una queja oficial, porque nos han excluido automáticamente de los foros de inmigración. Esto supone una frustración para la gente negra y puede desembocar en protestas como las que se están dando en otros países europeos», concluye Nfubea. EL PROCEDIMIENTO EN ESPAÑA En España se realizan las pruebas de ADN del solicitante en las sedes de Instituto de Toxicología (Barcelona, Madrid, Sevilla y Tenerife), organismo que también se encarga de comprobar si el ADN del inmigrante y su presunto familiar coinciden. Para la realización de las mismas en el país de origen, se toman muestras de sangre de los hijos, ascendientes dependientes o cónyuge, en clínicas concertadas por el consulado, que se envían a España con las correspondientes cadenas de custodia, que garantizan que cada muestra corresponde a la persona de la que se ha tomado. Hasta el momento, se ha realizado un número de pruebas de ADN casi insignificante y, en la mayoría de los casos analizados, corresponde a la relación paterno-filial, de las que sólo se obtuvieron resultados negativos en alguna muestra procedente del Consulado de Lagos (Nigeria), según EFE. EL CASO FRANCÉS El Senado francés ha dado luz verde a un proyecto de ley impulsado por el presidente Nicolas Sarkozy para regular la entrada de inmigrantes en el país, que permite realizar pruebas de ADN a los solicitantes del agrupamiento familiar y a sus presuntos hijos, ascendientes o cónyuges. No obstante, la polémica medida ha tenido que introducir una serie de modificaciones que la suavizan. Así, el análisis será gratuito, se hará sólo para buscar la filiación con la madre, deberá ser pedido por el interesado y se aplicará de manera experimental durante 18 meses. Aun así, esta medida ha suscitado las críticas de la oposición de izquierdas, asociaciones de derechos humanos y ONG de inmigrantes. |